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Belgrado, 23 de octubre de 2025
En la 10ª Conferencia Europea sobre Control del Tabaco, celebrada en Belgrado del 22 al 24 de octubre de 2025, expertos de toda Europa —incluidos economistas, investigadores y defensores de la salud pública— respaldaron la Declaración de Belgrado sobre Fiscalidad del Tabaco y Competitividad.
La Declaración reafirma que una fiscalidad eficaz del tabaco es una de las herramientas más poderosas y basadas en evidencia de Europa para proteger la salud y, al mismo tiempo, fortalecer la resiliencia económica. Destaca cómo unas políticas de impuestos especiales modernizadas pueden impulsar la competitividad, la productividad y la estabilidad fiscal, a la vez que reducen las enfermedades oncológicas, cardiovasculares y respiratorias.
Los firmantes hacen un llamado a establecer una fiscalidad ambiciosa y armonizada para todos los productos de nicotina, con indexación automática y un control más estricto del comercio ilícito. Asimismo, la Declaración insta a los gobiernos a proteger la formulación de políticas frente a la interferencia de la industria tabacalera y a reinvertir los ingresos por impuestos especiales en prevención y cesación. Conjuntamente, estas medidas representan un compromiso europeo unificado con la equidad fiscal, la equidad en salud y un futuro más competitivo y libre de tabaco.
Identificamos lo siguiente:
La fiscalidad del tabaco:
1. es una política de competitividad con un dividendo en salud.
Las normas modernas sobre impuestos especiales generan ingresos públicos previsibles sin gravar el trabajo o la inversión, estimulan el crecimiento económico y favorecen la eficiencia al internalizar los elevados costos sociales del consumo de tabaco. Los beneficios para la salud incluyen menos cánceres, enfermedades cardiovasculares y respiratorias atribuibles al tabaco, menor exposición al humo ajeno y un aumento de los abandonos del consumo.
2. sólidos retornos fiscales y estabilidad macroeconómica.
Actualizar los mínimos para los productos convencionales y extender la armonización fiscal a los productos novedosos genera ingresos sustanciales y estables, con un impacto limitado sobre la inflación general. La indexación automática preserva su eficacia a lo largo del tiempo.
3. tiene efectos positivos sobre la productividad y la fuerza laboral.
Una menor prevalencia del tabaquismo reduce las enfermedades, el ausentismo y la mortalidad prematura, aumentando la participación y la productividad laboral y aliviando la presión sobre los sistemas de salud y las finanzas públicas, en beneficio de empleadores y empresas; además, compensa con creces los posibles ahorros en costes de jubilación.
4. mejora la equidad, la protección de la juventud y cuenta con alto apoyo público.
Los precios más altos disuaden la iniciación en el consumo entre los jóvenes, aceleran el abandono entre los grupos de menores ingresos y reducen las desigualdades en salud cuando se combinan con apoyo para dejar de fumar. El apoyo público a la fiscalidad del tabaco suele ser elevado.
5. favorece la integridad del mercado único.
Los mínimos armonizados y las definiciones coherentes para todos los productos de nicotina —incluidos el tabaco calentado, los líquidos electrónicos y las bolsas de nicotina— reducen las diferencias fiscales transfronterizas que fomentan el arbitraje, mientras que un mejor control de los impuestos especiales sobre el tabaco en rama refuerza las cadenas de suministro y la aplicación de la ley.
Por lo tanto, declaramos:
A. Apoyo a una fiscalidad del tabaco ambiciosa y modernizada en toda Europa.
Apoyamos una actualización sólida de los marcos fiscales de la UE y de los Estados miembros que:
Aumente los tipos mínimos de impuestos especiales a nivel de la UE para todos los productos de tabaco y nicotina, con indexación automática regular —preferiblemente anual— conforme a la inflación y el crecimiento de los ingresos, y con períodos transitorios mínimos.
Aplique una fiscalidad coherente y armonizada para todos los productos de nicotina no medicinales —incluidos cigarrillos, tabaco de liar, puros/puritillos, pipas de agua, tabaco calentado, líquidos electrónicos y bolsas de nicotina— para reducir la sustitución y proteger a los jóvenes.
Incluya el tabaco en rama bajo control de impuestos especiales y refuerce la administración tributaria y los sistemas de trazabilidad para combatir el comercio ilícito.
Minimice las brechas de precios transfronterizas que socavan el Mercado Único, las empresas que cumplen la ley y los ingresos públicos.
Destine una parte transparente de los ingresos por impuestos especiales del tabaco a financiar la prevención, la cesación, la aplicación de la ley y otras medidas de salud pública que reduzcan el consumo y los daños del tabaco y la nicotina.
B. Reconocimiento de los principios fiscales alineados con la competitividad.
Instamos a los responsables de la toma de decisiones europeas y nacionales a reconocer que la fiscalidad del tabaco es un instrumento eficaz que genera ingresos previsibles, al tiempo que orienta el consumo hacia sectores más productivos, apoyando la inversión, las competencias y la innovación.
C. Compromiso con una formulación de políticas transparente y libre de interferencias.
En consonancia con el Artículo 5.3 del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT), instamos a garantizar plena transparencia y protección de las políticas fiscales frente a la interferencia de la industria tabacalera y sus narrativas sobre “huella económica” que ignoran los costos sociales netos.



